

El Consejo de Estado es el asesor del Gobierno para la preparación de los proyectos de ley, de las ordenanzas y de ciertos decretos. Responde igualmente a las solicitudes de dictamen por parte del gobierno sobre las cuestiones de derecho y efectúa, por solicitud de este o por su propia iniciativa, estudios relativos a cualquier cuestión administrativa o a una política pública.
El Consejo de Estado es también el juez administrativo supremo: es el máximo juez de las actividades del poder ejecutivo, de las colectividades territoriales, de las autoridades independientes y de los establecimientos públicos administrativos o de los organismos que disponen de prerrogativas del poder público.
Por su doble función, jurisdiccional y consultativa, el Consejo de Estado asegura el sometimiento efectivo de la administración francesa al Derecho: de esta manera constituye uno de los mecanismos esenciales del Estado de Derecho en nuestro país. Por último, el Consejo de Estado es el administrador general de los tribunales administrativos y
de las Cortes administrativas de Apelación.